Historia
28 de junio de 1961
COMISIÓN DE FOMENTO DE M. PAZ
AL VECINDARIO:
Respondemos a las exigencias de nuestro mandato rindiendo cuenta a nuestros vecinos de las medidas adoptadas por esta Comisión de Fomento en defensa de intereses comunes.
Con fecha 18 de Mayo de 1961 la Empresa del Estado «Agua y Energía» notificó a la Comuna sobre el nuevo régimen tarifario para la prestación del servicio eléctrico en la localidad, por imperio de los Decretos Nacionales Nos. 11016/59 y 16643/59 ratificados por la Ley Nacional N°. 15.336.
Dicho régimen establece nuevas tarifas a partir de la facturación de Mayo del corriente año, cuyos precios se detallan al pie del presente comunicado.
Interpretando que la medida adoptada unilateralmente por «Agua y Energía» avasalla derechos y normas jurídicas inalienables al poder y autoridad que representamos, en forma inmediata esta Comisión de Fomento dictó resoluciones no aceptando dichas pretenciones y cursó la comunicación respectiva a la Empresa por nota certificada con aviso de retorno de fecha 6 del corriente. En la misma se le conmina para que se abstenga de efectuar cobros con los expresados recargos hasta tanto no se cumpla el camino de la Ley que se pretende desconocer, agregando "que mientras no se instalen los motores prometidos para satisfacer las necesidades energéticas de la población y se hagan las conexiones domiciliarias que se reclaman y que traban el adelanto de nuestro Pueblo se negará a considerar y aprobar los aumentos de las tarifas que se nos quiere imponer sin mejorar los servicios".
Tal nuestra enérgica actitud y tal los hechos y los términos en que se encuentra planteada la posibilidad de un serio conflicto, que podrá evitarse, aceptando el principio de que todos somos iguales ante la Ley.
Así pues, en cumplimiento de nuestro mandato y de autoridad competente, hemos optado por el camino de la ley, recabando de la contra-parte la colaboración necesaria para una más racional provisión de energía eléctrica, previa, a toda discusión sobre el aumento de tarifas.
En tal situación y en previsión de posibles medidas arbitrarias por parte de la Dirección de "Agua y Energía", sugerimos no abonar ninguna factura con los pretendidos aumentos, obligándonos con nuestros convecinos a disponer la inmediata reconexión en el supuesto de cortes por falta de pago.
Con lealtad aclaramos que en principio no somos contrarios, previo el cumplimiento de las normas jurídicas del caso, a considerar un nuevo régimen tarifario económicamente sano, que haga factible el desenvolvimiento de la explotación mediante la renovación y ampliación de instalaciones que permitan un eficiente servicio.
Las puertas de la Comisión de Fomento permanecen abiertas y sus autoridades solidarias con sus convecinos para asesorarlos y resolver en armonía cualquier eventualidad.
MÁXIMO PAZ, 28 DE JUNIO DE 1961
PEDRO DIEGO MOTTO
Secretario Ad-Honorem |
RAMÓN JUSTRIBO
Presidenta |
RESIDENCIAL: Cuota fija $ 21,— p/mes. — Primeros 70 Kw. $ 4,65 - Exced. $ 4,20
GENERAL: Cuota fija: $ 47,— p/mes. — Primeros 8000 Kw. .$ 6,65 — Exced. $ 5,80
INDUSTRIAL: » » $ 47,— » — » 8000 » » 4,92 — » » 4,32
ALUMBRADO PUBLICO: $ 3,12 por Kw. y reposición de las lámparas.
GRANDES CONSUMOS: Cuota fija $ 73,- - Primeros 40000 Kw. $ 4,42 - Exc. $ 3,72 |