Historia
19 de diciembre de 1969
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
EL convenio suscripto con la Dirección Provincial de Vialidad de la Provincia de Santa F é con respecto a la pavimentación del acceso a la planta urbana de Máximo Paz desde la Ruta Nacional N° 177; y CONSIDERANDO:
Que se necesita la aprobación del Superior Gobierno de la Provincia en relación a la ratificación del convenio celebrado;
Que, esta Comuna en mérito que cuenta en la zona la empresa "Cooperativa de Obras y Desarrollo de Máximo Paz" que actualmente está realizando los trabajos de pavimentación urbana oportunamente adjudica, dos a la misma;
Que, la empresa mencionada ha presentado una propuesta muy inferior a los topes exigidos por la Dirección Provincial de Vialidad, surgiendo en consecuencia, que dicha propuesta es ventajosísima y que sin lugar a dudas no puede de ninguna manera ser superada por otra;
Que, lógicamente en razón de contar la empresa con las maquinarias y elementos trabajando en la localidad, es el motivo que predispone al ajuste tarifario que ha proporcionado contar con una oferta de tal ventaja para la comuna;
Que, lógicamente, en mérito a esta circunstancia hace que esta autoridad comunal aproveche tal oferta y de inmediato contrate con la misma a fin de cumplimentar el convenio suscripto oportunamente;
Por todo ello,
EL PRESIDENTE DE LA COMUNA DE MÁXIMO PAZ PROYECTA LA SIGUIENTE ORDENANZA
ARTICULO 1°) Aprobar el convenio suscripto con la Dirección Provincial de Vialidad cuya copia forma parte integrante del presente proyecto de ordenanza.-
ARTICULO 2°) Adjudicar a la firma "COOPERATIVA DE OBRAS Y DESARROLLO DE MÁXIMO PAZ" por el importe de VEINTE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTITRÉS PESOS MONEDA NACIONAL DE C/LEGAL ($ 20.949.623.—m/nl.) coincidente con el precio justipreciado por la Dirección Provincial de Vialidad.-
ARTICULO 3°) Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ordenanza se imputarán a la partida específica que se incluirá en el presupuesto General de Gastos año 1970.-
ARTICULO 4°) ELévese a conocimiento y aprobación del Superior Gobierno de la Provincia.-